Pamplona Actual

Consumidores Irache desaconseja abrir la puerta del domicilio a comerciales

El 95% de los consumidores rechaza esta práctica 

  • Se recomienda evitar firmar ningún documento -

La Asociación de Consumidores de Navarra Irache desaconseja abrir la puerta de casa a agentes comerciales. En los últimos meses se han recibido varios casos de personas que han acabado adquiriendo productos o servicios que no necesitaban y por los que han pagado importantes cantidades de dinero, en algunos casos miles de euros. 

Los productos que se venden mediante esta técnica son muy variados y van desde productos de relax o aparatos de tonificación corporal, mobiliario de casa o instrumentos de cocina, libros y enciclopedias, colchones y objetos de iluminación. Algunas de estas personas, una vez firmada la compra y al ver el coste que supone, que supera en algún caso los tres mil euros, se arrepienten y quieren echarla atrás.

Personas mayores, las más buscadas

Los agentes buscan especialmente a personas mayores, más confiadas y con mayor dificultad para comprender las consecuencias de un contrato, para conseguir ventas. En ocasiones los consumidores no tienen claro qué es lo que han firmado y solo posteriormente se dan cuenta del importe que han accedido a pagar o de que había aparatos que no le hacían ninguna falta. 

Así le sucedió a una mujer que no sabía leer ni escribir y que acabó firmando un contrato para adquirir un paquete con colección de libros, cinta de caminar y otros aparatos por el que se ha comprometido a pagar más de dos mil euros. Sus hijos han querido echar atrás el contrato, pero la financiera no lo ha aceptado porque ya se ha pasado el periodo de desistimiento. 

Más de cinco empresas y ocho mil euros

En algún caso, además, no es solo una empresa, sino que una misma persona tiene presuntos contratos con diferentes marcas. Así le ha sucedido a un asociado de Irache con un trastorno mental, que firmó compras a domicilio con hasta cinco empresas diferentes y cuya suma total superaba los ocho mil euros. Aunque se ha conseguido la anulación de alguno de los encargos, actualmente se continúa trabajando en el caso. 

En otros casos, afortunadamente, al reclamar se consigue la anulación del contrato, si es evidente que no había consentimiento real del consumidor. Así pasó con una persona que contrató un aspirador por más de setecientos euros u otra que compró un robot de cocina por 1.400 euros.

Como muchas de estas ventas se realizan por importe altos, es muy habitual que, junto al contrato de compraventa, se le dé a firmar también una financiación, de tal manera que el consumidor irá pagando el importe de los bienes mes a mes. Esto hace que en ocasiones las personas no se den cuenta de los pagos hasta un tiempo después. 

Firma en tableta electrónica

Además, es habitual también que los contratos se realicen en un soporte electrónico como una tableta, que el consumidor estampe su firma sin leer ni saber qué está aceptando y que en muchas ocasiones no tenga ni copia del contrato. 

A algunas personas les están reclamando ahora el dinero de unas ventas a domicilio de lámparas realizadas años atrás por importes de entre mil y dos mil euros. Pese a que la mayor parte de afectados quisieron desistir de la compra, la empresa que reclama ahora el pago, que no es la vendedora sino otra que compró la deuda, no reconoce el desistimiento. 

Se dan cuenta los familiares

En algunas ocasiones son los hijos u otros familiares los que acuden a Irache porque son quienes se han dado cuenta del coste de la compra que han aceptado sus padres u otros familiares de edad. 

Treinta días para anular la compra

En este tipo de ventas, en las que la compra se hace en una visita a domicilio no solicitada previamente por el consumidor, este tiene treinta días naturales desde que recibe el producto para echarse atrás, según recoge la normativa sobre consumo. Debe dirigirse de forma fehaciente a la empresa para comunicar que ejerce este derecho y desistir del contrato de forma “inequívoca”.

La dificultad estriba en que, cuando muchas personas se dan cuenta y quieren anularlo, ya ha pasado este plazo de treinta días. A partir de ahí las posibilidades de recuperar el dinero son más limitadas, siempre que haya un contrato firmado en el que el consumidor haya aceptado la compra. Otras personas cometen el error de desistir por teléfono. En algún caso, esto ha hecho que, a pesar de que hayan devuelto los artículos, no quede constancia de la anulación y la financiera le siga reclamando el pago.

En estas compras, el vendedor debe facilitar al consumidor una copia en papel -o en otro soporte duradero, si lo acepta- del contrato firmado. Además, si el empresario no ha facilitado la información sobre el derecho de desistimiento, el consumidor tendrá doce meses para ejercerlo, salvo que el empresario se lo facilite antes de este plazo.

Requerimientos de pago de la financiera

Algunos afectados se sienten engañados con los productos comprados y deciden dejar de pagar las cuotas. Esta situación puede ser contraproducente, ya que, si hay de por medio un contrato de financiación, el impago puede generar nuevos intereses y elevar considerablemente la deuda. Hay personas que han acudido a Irache porque, tras no abonar las cuotas, han recibido un requerimiento de pago de la entidad financiera.

Pautas ante la visita de un comercial

-      Si abre la puerta, no firme nada.

-      Exija que la persona se identifique.

-      No facilite ningún dato ni documento personal. Mucho menos datos bancarios.

-      Si se siente presionado, cierre la puerta.

-    Si un producto le puede interesar, exija la información y las condiciones de la oferta en papel. Pero nunca firme nada.

-     Asesórese posteriormente con la información facilitada antes de tomar una decisión.

-    Si usted ha firmado algo, busque orientación legal cuanto antes. Ante la duda, sepa que tiene treinta días desde que recibe el producto para echarse atrás. Hágalo de forma que quede constancia del desistimiento, nunca de forma telefónica.


 

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