PAMPLONA, 17 (EUROPA PRESS)
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de este miércoles un Decreto Ley Foral donde se contempla la revisión extraordinaria de los precios de lo de los contratos públicos afectados por la subida de los precios de los materiales. Tras la aprobación del Decreto Ley Foral 1/2022, en el que se establecieron medidas extraordinarias en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, en el ámbito de la contratación pública en concreto, se observa que el efecto del crecimiento acelerado de precios impacta también en contratos de menor duración.
Así lo ha expuesto en la rueda de prensa tras la sesión de Gobierno la consejera de Economía y Hacienda, Elma Saiz, quien ha detallado que hoy se ha aprobado que si el contrato tiene una duración igual o superior a 12 meses, el incremento del coste debe exceder del 5% y se calculará sobre la totalidad del importe certificado de contrato.
En caso de que el contrato tenga una duración inferior a doce meses, el incremento del coste, que también debe ser superior al 5%, se calculará sobre la totalidad de los importes del contrato certificados, «si bien el periodo mínimo de duración del contrato para que pueda ser aplicable esta revisión excepcional de precios será de cuatro meses».
Esta medida se contempla cuando el incremento del coste sea de materiales siderúrgicos, bituminosos, aluminio o cobre, ha continuado la consejera.
Saiz ha señalado que se pretende que esta revisión de precios aprobada se adopte «con urgencia», dado que la aplicación del citado Real Decreto Ley se encuentra ya en curso, «suponiendo un riesgo de paralización en la ejecución de estos contratos la ausencia de aplicación de la revisión excepcional, con el consiguiente perjuicio para el interés público».
SUBVENCIONES NOMINATIVAS EN CONTEXTO PLURIANUAL
Por otro lado, el Ejecutivo foral también ha aprobado un acuerdo por el que se aprueba y somete a la deliberación del Parlamento de Navarra el proyecto de Ley Foral de modificación de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, para que las conocidas como ‘subvenciones nominativas’ se puedan aplicar a proyectos cuya ejecución exija un plazo superior al del ejercicio presupuestario.
La Ley Foral de Subvenciones establece, como regla general, que el pago se realice una vez acreditada la realización de la actividad subvencionada. Esta regla supone una dificultad para la ejecución de los proyectos financiados con subvenciones nominativas, pues obligatoriamente éstas deben desembolsarse dentro del propio ejercicio presupuestario. La modificación que se propone permite pagar estas subvenciones dentro del ejercicio presupuestario, aunque no se haya finalizado la actuación objeto de subvención, ha explicado la consejera.
El pago anticipado de subvenciones ya está contemplado en la Ley Foral para otras situaciones. Con esta modificación, ha expuesto, se amplía el abanico de casos en los que se podrá pagar la subvención antes de la ejecución de la actividad subvencionada, «solucionando así las dificultades actuales para establecer subvenciones nominativas para proyectos cuya duración supera el límite del ejercicio presupuestario».