El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha estimado los recursos presentados por la Fiscalía y ha resuelto revocar el tercer grado concedido por la Viceconsejería del Gobierno Vasco a los presos de ETA Juan Antonio O.G. y Óscar Z.
En los autos emitidos por el titular de la Plaza 1 de la Sección de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal Central de Instancia, el juez José Luis Castro ha concluido que actualmente no concurren los requisitos legales necesarios para otorgar este régimen de semilibertad a los penados.
Consolidación de los procesos de desvinculación y reinserción
Respecto al caso de Juan Antonio O.G., la resolución judicial señala que cumple condenas que suman un acumulado de 30 años de prisión, con una previsión de licenciamiento fijada para el año 2036. A pesar de constatar una evolución positiva en el interno, el magistrado coincide con el criterio del fiscal al argumentar que los procesos de desvinculación y reinserción exigen plazos prolongados de verificación cuando median violencia extrema, pluralidad de víctimas y alta lesividad.
El texto judicial subraya que la trayectoria debe consolidarse a través del régimen de salidas al exterior y permisos ordinarios previstos en el marco del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para afianzar un pronóstico individualizado favorable antes de acceder al tercer grado.
Criterio judicial sobre la progresión de grado prematura
En lo relativo al segundo penado, Óscar Z., el magistrado ha asumido íntegramente los argumentos del Ministerio Público. La Fiscalía se opuso a la medida acordada por la administración autonómica al advertir que la aplicación del artículo 100.2 no cuenta aún con aval judicial, impidiendo comprobar su eficacia tratamental. Por este motivo, la resolución califica de prematura y precipitada la decisión sobre su progresión de grado.








