
Con fecha 8 de mayo se ha notificado la Sentencia de Apelación nº 41 de 11 de marzo de 2020, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y referida a la Sentencia 209/19 del Juzgado de lo Contencioso nº 3, de fecha 10 de septiembre, sobre la anulación de los convenios y anexos de Oncineda, suscrito con los propietarios de la parcela catastral 411.
La Sala, aplicando la doctrina resultante de la Sentencia 332 de fecha 19 de diciembre de 2019, confirma el fallo de la sentencia apelada, con imposición de las costas a la parte recurrente, y por tanto mantiene la nulidad de los convenios y anexos suscritos, en los términos de lo acordado por el Pleno de este Ayuntamiento el día 7 de junio de 2018 sobre la base del dictamen emitido por el Consejo de Navarra en el expediente de revisión de oficio iniciado en el año 2017.
La Sentencia es recurrible en Casación ante el Tribunal Supremo.
En estos momentos únicamente queda pendiente que el Juzgado se pronuncie en el Recurso Contencioso nº 208/2019, uno está en apelación ante la Sala de lo Contencioso del TSJ de Navarra, y sobre los otros dos expedientes ya ha habido Sentencia de apelación, si bien en el caso de uno de ellos, el Recurso de Casación se encuentra en fase de admisión a trámite.
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